sábado, 13 de abril de 2013

NUEVO IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA GRATUITA DE BIENES: NUESTRA SECCIÓN SE OPONE AL MISMO


     Concepción del Uruguay,   de Abril de 2.013.-

Sr. PRESIDENTE
COLEGIO DE ABOGADOS DE ENTRE RIOS
Dr. Luis María CAMPOS
SU DESPACHO

De nuestra mayor consideración:


                   T
enemos el agrado de dirigirnos a Ud., en relación a la grave preocupación existente en nuestro foro y Sección, relacionada con la sanción y promulgación de la ley provincial N° 10.197 (B.O. 24/01/2013), que implementa en su Capítulo II, el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes.-
                Al respecto, cabe señalar que nuestra Sección percibió desde un principio la “gravedad” de las consecuencias que generará dicha perjudicial y cuestionada ley tanto a los colegas –por la merma de inicio de sucesorios y/o terminación de los juicios en trámite sobre los que recaiga obligación de tributar el impuesto, como así también por la grave dificultad que se generará respecto al cobro de nuestros honorarios por lo gravoso que será el impuesto para nuestros clientes-, como a los ciudadanos en su conjunto, motivo por el cual se mantuvieron desde principios de Febrero del corriente año, sendas reuniones con nuestra Comisión Directiva, en las cuales se ha resuelto encomendar a nuestro representante en vuestro Consejo Directivo Dr. Julio Rousseaux, el seguimiento de éste trascendente tema ante el C.A.E.R. que Ud. preside.-
                Así fue como a través del Dr. Rousseaux, pudimos conocer las resoluciones que sobre el asunto ha tomado vuestro Consejo Directivo, quedando nuestra Sección a la espera de la realización por parte de vuestro Consejo Directivo de sendas medidas de acción contra la cuestionada ley, las que lamentablemente y por razones que desconocemos, no han sido implementadas, pese al importante tiempo transcurrido.-
                Al respecto, queremos hacer saber, que la posición de nuestra Sección, es la de solicitar a VUESTRO CONSEJO DIRECTIVO, que en representación de todos los matriculados de la Provincia, se implementen URGENTES medidas de acción contra dicha inconstitucional y gravosa ley.-
                Para ello consideramos que debe realizarse por parte del C.A.E.R. –sin más dilaciones-, una MANIFESTACIÓN PÚBLICA de REPUDIO contra la INCONSULTA E INCONSTITUCIONAL LEY 10.197, a fin de hacer saber nuestra posición tanto a los representantes del poder político, a los colegas, como a la sociedad en su conjunto, advirtiendo las perjudiciales consecuencias que traerá aparejada para los ciudadanos su aplicación e instando su pronta derogación y/o modificación, con la debida consulta en éste último supuesto, a nuestro Colegio.-
                Sin perjuicio de dicha urgente manifestación, nuestra Sección también considera y peticiona a vuestro Consejo Directivo, que promueva acción judicial tendiente a obtener la declaración de inconstitucionalidad de la ley 10.197, aún a riesgo de tener que afrontar eventuales costas, por cuanto las consecuencias negativas que podría tener en tal supuesto la acción a impetrar, encuentra sobrados motivos que justifican su promoción, entre ellos el derecho y atribución de “propender al progreso de la legislación de la Provincia” -art. 18 inc. e) de la ley 4109-, la defensa de nuestros honorarios profesionales e incumbencias, que seguramente se verán afectados, y en definitiva, del bienestar de todos nuestros matriculados -que verán con agrado la implementación de alguna medida de acción por parte del C.A.E.R-, lo cual de seguro también implicará un beneficio para todos los ciudadanos de nuestra provincia.-  
                Sin otro particular, y a la espera de una pronta respuesta de vuestra parte, saludamos a Ud. muy atentamente.-

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Estimado colega, gracias por su participación