viernes, 31 de julio de 2015

NUEVA LEY DE HONORARIOS

Estimados colegas: ha sido aprobada recientemente en la Legislatura entrerriana una nueva ley de honorarios profesionales. Aquí va un bosquejo y a continuación podrán descargar el texto completo.

Comisión Directiva
Sección Concepción del Uruguay
Colegio de Abogados de Entre Ríos


De interés para los profesionales LEY N° 10.377. RECUPERACION CARÁCTER DE ORDEN PUBLICO DE LAS LEYES DE HONORARIOS PROFESIONALES.

Se ha promulgado la Ley N° 10.377 por la cual las leyes de aranceles y honorarios profesionales,  incluido nuestro Decreto-Ley N° 7.046,  han recobrado el carácter de orden público.
Luego de 23 años de lucha contra el Decreto 2.284/91 conocido como de “Desregulación Económica”  que anulara el orden público,   decreto que obtuviera la adhesión por parte de la provincia a través de la Ley N° 8.622,  hoy volvemos a obtener una protección legal, jerarquizándose la labor de los abogados.-

Texto de la Ley N° 10.377:
“ARTICULO 1°.-  Deróguense a partir de la entrada en vigencia de la presente,  las disposiciones de la Ley 8.622 en relación a las leyes regulatorias de honorarios y aranceles profesionales,  las que recuperan a partir de esta fecha su carácter de Orden Público.
ARTICULO 2°.-  Cada Institución con administración de matrícula profesional,  adecuará y/o adoptará el régimen de aranceles y honorarios en consonancia con las presentes disposiciones.
ARTICULO 3°.- De forma”.-

DECRETO-LEY N° 7.046.
“ARTICULO 1°:  OBJETO, ORDEN PUBLICO.  El honorario de abogados y procuradores se regirá por las disposiciones de esta Ley,  la que se declara de orden público”.-




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